Votos

ADR 4833/2016 Convenio de la Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores (estatus migratorio de los padres del menor).

VOTO CONCURRENTE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4833/2016.

En sesión de 21 de junio de 2017, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que la condición migratoria ilegal de un progenitor no supone en sí misma un grave riesgo para los intereses del niño, de modo que no es una circunstancia que actualice la excepción a la restitución prevista en el artículo 13 inciso b), de la Convención de la Haya Sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores. En ese orden de ideas, los Ministros que integramos la Primera Sala decidimos confirmar la sentencia emitida por el tribunal colegiado y por lo tanto negar el amparo al quejoso.

A pesar del pleno respeto que me merecen las consideraciones de mis compañeros Ministros, considero que en el caso era innecesario examinar en abstracto si el carácter migratorio de uno de los progenitores genera un grave riesgo para un niño. A mi juicio, debimos de haber atendido a los precedentes de la Primera Sala conforme a los cuales las excepciones a la restitución deben ser probadas por quien sustrae al menor. En esa línea, esta Sala no debía actuar oficiosamente, en tanto le correspondía al padre probar la situación migratoria ilegal de la madre y, además, que esa calidad actualizaba un grave riesgo para el niño.

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