Milenio

La reforma constitucional a la justicia federal

Hace unos días, el Senado de la República aprobó la reforma constitucional más trascendente al Poder Judicial, desde que en 1994 nuestro país apostara por la justicia constitucional como vía para materializar las aspiraciones de nuestra Norma Fundamental.

El decreto aprobado —que ha pasado a la Cámara de Diputados para proseguir con el procedimiento constitucional— representa, ante todo, un profundo acto de respeto a la división de poderes y a la independencia judicial. El proyecto fue elaborado al interior del Poder Judicial de la Federación; el Presidente de la República lo presentó como iniciativa propia, sin modificaciones; la iniciativa fue analizada por el Senado en un ejercicio de parlamento abierto, y el dictamen se debatió ampliamente por las senadoras y senadores, obteniendo el respaldo de todas las fuerzas políticas, con excepción de un solo partido. Se escucharon y atendieron las preocupaciones de juzgadoras y juzgadores federales. Se trata, en suma, del producto de un diálogo interinstitucional y de un esfuerzo de dos años por concretar cambios que supongan un verdadero fortalecimiento de la justicia federal, en beneficio de toda la ciudadanía y de nuestra democracia.

Una de las principales finalidades de la reforma es robustecer el rol de la Suprema Corte como tribunal constitucional, para que pueda interpretar y defender con más fuerza y con más eficacia, los derechos y las instituciones que nuestra Constitución establece. Se busca que la Corte conozca de menos asuntos y que se concentre en el dictado de sentencias más sólidas y mejor argumentadas, que tengan un impacto más estructural en nuestro ordenamiento. Que más personas puedan beneficiarse de los criterios del Alto Tribunal y que la doctrina constitucional y las metodologías para la adjudicación de los derechos humanos permeen a la labor cotidiana de todos los operadores jurídicos. Las sentencias de la Corte tendrán ahora el peso y la autoridad que les corresponde en un modelo de justicia constitucional y podremos avanzar a una cultura de la constitucionalidad.

El otro gran eje de la reforma es la consolidación del sistema de carrera judicial. Por primera vez, se establece que el ingreso, formación y permanencia de las personas juzgadoras, así como de todo el personal jurisdiccional, se sujetará a una legislación que garantice la meritocracia, la profesionalización y la igualdad de oportunidades. A partir de ahora, el nombramiento y remoción del personal jurisdiccional ya no dependerá exclusivamente de los titulares de órganos jurisdiccionales, sino que todas las plazas deberán alcanzarse por concurso de oposición tras una rigurosa formación a cargo de una renovada Escuela Judicial. Todo ello, además, atendiendo a la paridad de género como principio rector, que permita corregir las desigualdades que las mujeres han enfrentado históricamente…

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