Derecho humano al cuidado
El pasado 18 de octubre, en un fallo histórico, la Suprema Corte reconoció por primera vez el derecho humano al cuidado.
Los cuidados son aquellas labores indispensables para satisfacer nuestras necesidades básicas y cotidianas, tales como la elaboración de alimentos, la limpieza, la administración del hogar, el cuidado físico y emocional de niñas, niños y adolescentes, la atención a personas mayores, personas con discapacidad y personas con alguna enfermedad, entre otras actividades que nos permiten llevar una vida plena.
En México, como en muchas partes del mundo, las labores de cuidado son menospreciadas e invisibilizadas, a pesar de que en 8 de cada 10 hogares hay una persona que requiere cuidados (Inegi). Lejos de concebirse como un trabajo valioso o como una responsabilidad compartida, los cuidados a menudo se imponen como una carga motivada por estereotipos de género que recae desproporcionadamente sobre las mujeres —cerca de 70 por ciento—, quienes las realizan de forma no remunerada, precarizada y muchas veces a costa de su proyecto de vida. Cuando las labores de cuidados son remuneradas, las personas no reciben un salario digno, ni disfrutan de condiciones básicas de seguridad social, lo que en muchos casos configura explotación laboral.