Contra la corrupción y el nepotismo
Milenio

Contra la corrupción y el nepotismo

Nada daña tanto al Poder Judicial de la Federación ni mina tanto su legitimidad como la corrupción y el nepotismo. Aunque la mayor parte de los juzgadores federales son personas honorables y comprometidas, que dejan la vida en el servicio, también es cierto que existen redes de encubrimiento, tráfico de influencias, y cotos de poder en los que prevalece la arrogancia de servidores públicos, que creen tener patentes de corso para disponer de la impartición de justicia en su beneficio propio. Esto ha permitido la proliferación de prácticas indebidas; ha dañado al sistema meritocrático, al dificultar que jóvenes juristas avancen en la carrera judicial en igualdad de condiciones; ha propiciado ambientes de acoso laboral y ha obstaculizado el adecuado funcionamiento de los mecanismos de rendición de cuentas.

Causa y efecto de esta problemática ha sido la inexistencia, hasta ahora, de una política pública por parte del Consejo de la Judicatura Federal, a través de la cual las reglas que rigen a la carrera judicial sean aplicadas sistemáticamente con la finalidad de acabar con estas conductas.

Por ello, en pasados días, el Pleno del Consejo aprobó un acuerdo con el que se toman medidas para la transformación de la carrera judicial. El acuerdo aborda aspectos fundamentales de la carrera como son la reincorporación, adscripción y ratificación de juzgadores federales. Se trata de una reingeniería normativa e institucional que establece procedimientos y criterios para la toma de decisiones, dando un contenido más preciso al concepto de necesidades del servicio.

En el caso de las adscripciones, por primera vez en 25 años se enuncian las reglas para realizar cambios. Las necesidades del servicio se valoran en torno a tres grandes líneas: legitimidad del Poder Judicial Federal —concretamente en casos de nepotismo y ante indicios de corrupción—, mejora en el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, y resultados de los procesos de auditoría y supervisión del desempeño. De igual manera, se prevé la readscripción en situaciones extraordinarias, como casos humanitarios, acciones afirmativas, así como cuando existan riesgos a la seguridad de los juzgadores. Y por último, para resolver sobre las solicitudes de readscripción, se toma en cuenta la antigüedad y la formación académica, pero se da mayor peso a la productividad y a los resultados de las visitas de inspección.

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