Milenio

Los derechos humanos en acción

En México todas las personas gozan de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el país es parte. Tal es la afirmación con la que comienza el texto constitucional y la premisa sobre la cual descansa la totalidad de nuestro orden jurídico. Pero lo cierto es que, cuando hace ocho años se reformó el texto del artículo 1º constitucional para incorporar el derecho internacional de los derechos humanos a nuestro sistema, muchos dudaban del alcance real de la reforma; pensaban que se trataba de modificaciones cosméticas o retóricas; no creían que podría traducirse en beneficios concretos para la vida de las personas.

Fue la Suprema Corte, a través de su interpretación, la que en un primer momento fijó los contornos teóricos y conceptuales de la reforma. Determinó que la recepción los derechos humanos de fuente internacional implicaba que éstos, conjuntamente con los contenidos en la Constitución, constituyen el parámetro de control de la regularidad constitucional; esto es, que en nuestro país la personas son titulares de una serie de derechos que se integran, complementan y armonizan a través del principio de interpretación conforme y es a la luz de ese conjunto de derechos que debe analizarse la validez de las normas y actos que forman parte del orden jurídico mexicano.

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