Milenio

La defensa de los olvidados

El derecho a una defensa adecuada es uno de los pilares fundamentales del estado de derecho. Su garantía es indispensable para salvaguardar el principio de presunción de inocencia y, en general, para legitimar el poder punitivo del Estado. Sin una defensa adecuada, los procesos no pueden ser justos ni equitativos ni, en consecuencia, las víctimas pueden ser realmente resarcidas. El acceso de todas las personas a una defensa de calidad es condición necesaria para la igualdad procesal, pero además, en un contexto social en el que la persecución penal afecta desproporcionadamente a las personas más vulnerables, la defensoría pública se erige como una herramienta fundamental para hacer realidad el principio de igualdad ante la ley.

En este sentido, la Convención Americana sobre Derechos Humanos consagra el derecho irrenunciable de ser asistido por un defensor proporcionado por el Estado. De igual manera, nuestra Constitución establece el derecho a una defensa adecuada por abogado y, en su caso, a la designación de un defensor público, así como el derecho de los indígenas ser asistidos por traductores, intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura. Pero sobre todo, nuestra Constitución ordena, a nivel federal y local, la existencia de un servicio de defensoría pública de calidad para la población, lo que implica que más allá de que toda persona deba contar con un defensor, la Constitución prevé que el Estado preste un servicio integral de defensoría, con la capacidad institucional de garantizar en forma efectiva el derecho humano a una defensa adecuada.

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