Arraigo y prisión preventiva
Milenio

Arraigo y prisión preventiva oficiosa son inconvencionales

El arraigo y la prisión preventiva oficiosa son medidas que, aunque están previstas en nuestra Constitución, resultan indudablemente contrarias a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, pues restringen desproporcionadamente la libertad personal sin que exista una sentencia condenatoria y desconocen la presunción de inocencia.

Tal incompatibilidad entre la Constitución y la Convención plantea la pregunta de si dichas figuras pueden aplicarse válidamente en nuestro país, lo que a su vez exige analizar la forma en que se relacionan en nuestro sistema jurídico las normas constitucionales con las normas de derechos humanos contenidos en tratados internacionales.

Esta última cuestión ya ha sido analizada por la Suprema Corte y resuelta en el sentido de que las normas constitucionales e internacionales en materia de derechos humanos no se relacionan en términos de “jerarquía”, sino que ambas constituyen el “parámetro de regularidad constitucional” al que deben ajustarse todas las normas y actos del poder público.

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