Artículos Periodísticos

Suprema Corte, marihuana y derechos humanos

Artículo publicado en revista NEXOS, el 1º de diciembre de 2015

Por Arturo Zaldívar, Arturo Bárcena y Ana María Ibarra

El pasado 4 de noviembre la Primera Sala de la Suprema Corte determinó que el uso recreativo de la marihuana encuentra cobertura en el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad y que su prohibición absoluta es inconstitucional. Desde nuestro punto de vista la importancia de esta resolución estriba en que introduce un elemento que hasta ahora había estado ausente en la discusión pública sobre la política del Estado mexicano relativa al uso de drogas: los derechos humanos de las personas. La sentencia se apoya en una concepción robusta de la libertad personal que rechaza por igual tanto al paternalismo injustificado como al perfeccionismo estatal. La conclusión a la que se llega es que la política prohibicionista sobre el consumo de la marihuana vulnera el derecho a decidir responsablemente si se desea consumir una sustancia que evidentemente causa algunas afectaciones en la salud.

El estudio que realiza la sentencia se divide en dos apartados, en los que se utiliza la metodología estándar para analizar los problemas relacionados con la constitucionalidad de una ley, como es el test de proporcionalidad.1 La primera parte está dirigida a responder la pregunta de si las normas impugnadas de la Ley General de Salud constituyen una medida que limita el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad. Una vez contestada en sentido positivo esta primera cuestión, se analiza si los artículos impugnados de la Ley General de Salud constituyen una limitación proporcional a ese derecho. En los siguientes apartados nos referiremos a ambos aspectos de la decisión, tratando de precisar o aclarar algunas cuestiones que se suscitaron en la discusión de la sentencia. Finalmente, a manera de conclusión, haremos una breve reflexión sobre algunas cuestiones de interés que se plantearon en la opinión pública sobre el asunto.

Como se señaló anteriormente, la argumentación de la sentencia parte de una concepción filosófica sobre la autonomía personal de hondas raíces en la tradición del pensamiento liberal…

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