CT 299/2013 Control constitucional de la jurisprudencia de la Suprema Corte.
Al resolver la contradicción de tesis señalada al rubro, el Pleno de esta Suprema Corte determinó por mayoría de siete votos que la jurisprudencia de este Alto Tribunal Nación no es susceptible de someterse a control de constitucionalidad y/o convencionalidad por órganos jurisdiccionales de menor jerarquía, criterio que comparto plenamente. No obstante, a pesar de que en términos generales también comparto en su mayoría las consideraciones que sustentan el sentido de la resolución, formulo el presente voto porque me parece que en la sentencia se pudo haber abundado en algunas explicaciones y distinciones que hubieran ayudado a hacer más robusta la argumentación que sustenta el sentido de la presente resolución. En este orden de ideas, a continuación presento respetuosamente algunas consideraciones en la línea de lo antes expuesto.