Consumir mariguana, una decisión personal
Hace tres años, la Suprema Corte dictó una sentencia trascendental, que al día de hoy puede tener el alcance de reorientar por completo la política de drogas en nuestro país.
Desde un enfoque basado en la protección de los derechos humanos, la Corte determinó que la prohibición absoluta al consumo lúdico de la mariguana, tratándose de personas mayores de edad, resulta inconstitucional porque limita en forma excesiva el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Nuestra Constitución otorga una amplia protección a la autonomía de las personas, al establecer una serie de derechos fundamentales cuya función es la de garantizar las condiciones necesarias para que los individuos puedan elegir y materializar los planes de vida que se propongan.
Así, a la par de ciertas libertades públicas concretas, como el derecho a la libertad de expresión, la libertad de tránsito, o la libertad religiosa, la Constitución protege un ámbito residual de libertad en el que todo individuo puede elegir en forma libre y autónoma su proyecto de vida. Se trata de una esfera de privacidad en la que las personas son libres de tomar sus propias decisiones de acuerdo a sus propios valores, ideas o expectativas, sin interferencias del Estado o de terceros, teniendo como límite el respeto a los derechos de los demás, así como al orden público.